¿Cuándo cambiar la base de cotización?

cambiar la base de cotización
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Los autónomos pueden elegir la base por la que cotizar. Dependiendo de su elección, sus prestaciones irán en consecuencia. La base de cotización puede modificarse de forma telemática a través del sistema RED, pero hay unos periodos para hacer el cambio, según informan en la web autonomosyemprendedor.es.

La base de cotización marca la cuantía de las prestaciones que percibirá un autónomo en caso de sucederle cualquier contingencia (enfermedad, accidente, paro, incapacidad, maternidad,…) y en función de ella se calcula su futura pensión. Los autónomos pueden elegir la base de cotización que quieran entre el mínimo de 944,35 euros mensuales y el máximo de 4070,10 euros mensuales. En función de esta decisión, pagarán más o menos cuota. Las prestaciones que perciban serán más o menos elevadas en función de la base elegida y de la cuota pagada: a mayor base, mayor prestación por jubilación, y también en caso de incapacidad, desempleo, accidente laboral, baja por maternidad y paternidad…

Cualquier cambio en la actividad puede ser razón suficiente para que el autónomo decida modificar su base de cotización, al alza o a la baja. Sin embargo, existen ciertos trámites y periodos que los autónomos tienen que tener en cuenta a la hora de modificar su aportación a la Seguridad Social. Y también deben tener en cuenta que hay limitaciones en función de la edad para que la gente no intente subir a tope solo en los últimos años de vida laboral con el fin de aumentar su pensión.

En cuanto a los trámites, el autónomo puede hacerlos de forma telemática a través del Sistema RED. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha ampliado las opciones que ofrece su sistema telemático, diseñando una nueva funcionalidad online que permite solicitar el cambio de bases de cotización en el RETA sin necesidad de acudir a las administraciones de la Seguridad Social. Los contribuyentes pueden acceder y gestionar su base a través de la página web de la Seguridad Social.

La solicitud de cambio de la base de cotización se realiza de forma telemática en la Sede Electrónica de la TGSS. Desde la pagina principal y a través de la pestaña “Afiliación e Inscripción”, el trabajador por cuenta propia debe acceder a “Cambio en la base de cotización de autónomos”. A través de esta funcionalidad, el sistema permite solicitar, por un lado y durante los meses de enero y febrero, la opción de Cambio de Base de Cotización para los afiliados que hubiesen tenido durante el año natural anterior la base máxima permitida hasta el momento y que podrán solicitar el cambio de base a la máxima del año en curso, con efectos desde el día 1 de enero del año de la solicitud.

Existen cuatro periodos para cambiar la base de cotización. La modificación entrará en vigor el día uno del mes siguiente a la finalización de cualquiera de estos periodos. Así, por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia que quieran cambiar su base este mismo trimestre tienen hasta el 30 de junio para hacerlo y que sea efectivo a partir del 1 de julio.

Los afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) pueden modificar su base de cotización en cuatro periodos establecidos.

  • Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efecto a partir del 1 de abril
  • Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efecto desde el 1 de julio
  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efecto a partir del 1 de octubre
  • Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero del año siguiente

Si quieres saber cuánto cobrarías estando de baja, puedes hacer una simulación en nuestra web. Si necesitas más información sobre el cambio de bases de cotización, entra en la web de autónomos y emprendedores.

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