¿Cuáles son los gastos que puede deducirse un autónomo?

gastos que puede deducirse un autónomo
Compartir esta noticia
5/5 - (2 votos)

No todos los desembolsos son gastos que puede deducirse un autónomo en la declaración de la renta. Pero hay muchos que sí. Estemos atentos para no perder dinero.

Los trabajadores por cuenta propia suman a su actividad laboral una constante preocupación por la gestión de su economía. Así, viven pendientes de pedir facturas y guardar recibos de cualquier pago realizado para el desempeño de su actividad con el fin de no pagar más de la cuenta a Hacienda.

A veces podrán deducirse como gasto algunos pagos de los que solo conserven el tique, como de un peaje, un aparcamiento o una comida; otras, será posible deducirse el IVA, siempre que exista una factura.

Sería imposible aquí dar una lista de todos los gastos deducibles, porque varían mucho según el trabajo de cada uno, pero en líneas generales, podemos decir:

Gastos que puede deducirse un autónomo relacionados con su actividad profesional

Todos estos gastos deben justificarse con sus correspondientes facturas y estar estrictamente justificados para la actividad profesional que desempeñe el autónomo:

  • Alquiler de un local o un despacho.
  • Gastos de suministro del local o despacho.
  • Compra de género.
  • Gastos de gestoría.
  • Gastos de publicidad de la actividad en cualquier soporte, también online.
  • Página web, alojamiento, dominio.
  • Cuota de autónomo.
  • Cuotas abonadas para otros trabajadores contratados.
  • Cursos de formación y másteres estrictamente relacionados con su trabajo.
  • Suscripciones a publicaciones relacionadas con la actividad profesional.
  • Libros relacionados con la actividad profesional.
  • Pagos a empleados y colaboradores.
  • Pagos por servicios profesionales independientes.
  • Material de oficina.
  • Tarjetas de visita.
  • Ordenadores.
  • Impresoras, escáneres, discos duros, memorias, cables, etc.
  • Teléfono móvil y fijo.
  • Suministro de internet (si tu actividad profesional tiene lugar en tu domicilio, solo podrás desgravarte una parte).
  • Programas de contabilidad, diseño, etc. necesarios para desarrollar la actividad.
  • Tributos fiscalmente deducibles, como el IAE.

Vivienda

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en octubre de 2017, clarificó en el título V, artículo 11, los gastos deducibles en algunos aspectos, como en el seguro de enfermedad, los gastos de manutención y la afectación de la vivienda del trabajador por cuenta propia que desempeñe su actividad dentro de su propio hogar.

Con relación a esto último, entre los gastos que puede deducirse el autónomo está el desgravarse un porcentaje muy pequeño de la hipoteca, la comunidad, el IBI, el alquiler si es el caso y los suministros de agua, electricidad, teléfono, etc. Para ello hay que declarar en la Agencia Tributaria que una parte de la casa es para el negocio, pero Hacienda solo admite que sea como máximo el 30 %, salvo que se pruebe otro porcentaje. De este 30 %, podrá descontarse a su vez solo el 30 % de gastos. Es muy poco, pero es algo.

Seguro médico

Los autónomos pueden deducirse el seguro de salud privado en el IRPF, hasta 500 € al año, y también pueden incluir en su seguro al cónyuge y a los hijos menores de 25 años que vivan en el domicilio. Si en la familia hay algún asegurado con discapacidad, la deducción se amplía hasta los 1500 €.

Otros seguros

Los autónomos podrán desgravarse también hasta 500 € al año en el seguro de vida con cobertura de fallecimiento o invalidez.

También podrán desgravarse en la declaración de IRPF el seguro de hogar si trabajan desde casa, pero solo en el porcentaje marcado por Hacienda para estos trabajadores.

Los seguros relacionados con la actividad, como un seguro del local o de responsabilidad civil, también se desgravan en el IRPF.

Vehículo privado

Entre los gastos que puede deducirse el autónomo están los correspondientes al vehículo particular, como la gasolina, el seguro, los aparcamientos y peajes, los gastos de reparaciones y mantenimiento, pero solo en un porcentaje del 50 %, salvo que el coche se emplee para transporte de viajeros o mercancías de la actividad laboral.

Lo normal es no intentar deducirse más, porque no sería fácil demostrar que solo se utiliza el coche para trabajar y no para actividades privadas.

Transportes

Lo que uno se gasta en el transporte público puede incluirse como gasto. Aquí no tendremos facturas, pero sí podremos guardar billetes, recibos de taxis y tiques de recargas en la tarjeta de transportes.

Dietas

Depende de la actividad, pero la nueva ley de autónomos les permite descontarse hasta 26,67 € diarios de gasto en manutención en España y 48,08 € en el extranjero, curiosamente solo en días laborables, como si no hubiera autónomos (periodistas, médicos, propietarios de comercios…) que trabajan en festivos. El pago debe ser en formato electrónico o mediante vales de comida. Para un autónomo no será raro tener una comida con un cliente y pagar la cuenta, pero se tendrá muy en cuenta la actividad. En estos casos será un gasto deducible.

Viajes de negocios y congresos

Siempre que sean por trabajo, podrán incluirse los gastos del viaje, incluso los hoteles. Las cantidades citadas en el apartado anterior en concepto de dietas se duplicarán si se pernocta fuera del domicilio como consecuencia del desplazamiento por trabajo.

Vestuario

Es poco probable que sea uno de los gastos que pueda deducirse el autónomo; solo si se trata de ropa obligatoria para el desempeño profesional, es decir, si se necesita un casco, un mono, un traje de empleado de hogar o de camarero, etc. imprescindibles para la tarea laboral propia del autónomo. Por el contrario, si uno es un comercial que tiene que vestir traje y corbata, no se podrá desgravar la ropa.

Intereses

Los intereses para devolver un préstamo, un crédito o una subvención solicitados para el desarrollo del negocio son deducibles como gasto.

Donaciones

El autónomo podrá deducirse hasta el 30 % de lo donado a entidades públicas.

En resumidas cuentas, los gastos que puede deducirse un autónomo son en general los que se deban a su actividad económica, y de ellos solo en el caso de que presente factura (a veces podrá valer un tique) y siempre que se hayan registrado contablemente. Y cuidado, porque, aunque nunca nos haya tocado la lotería, puede que sí nos toque una inspección de Hacienda.

 

Compartir esta noticia
5/5 - (2 votos)

Noticias relacionadas

Un comentario

  1. Me ha gustado el post, aunque le falta decir a qué tipos de autónomos les sirve estos procedimientos, ya que por ejemplo si tributas a través de módulos no puedes deducir nada de lo anteriormente mencionado y si estás por estimación directa sí que puedes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Newsletters Yo Soy Autónomo

Recibe nuestros artículos en tu correo

No enviamos nunca SPAM.

No daremos tu correo a nadie.

No recibirás publicidad de ningún tipo.

Como máximo solo recibirás un correo a la semana con las noticias que se han publicado aquí.