La declaración de la renta del autónomo no resulta favorable para los trabajadores que tributen en este régimen, una vez más, según información de la web de La Vanguardia.
A los trabajadores por cuenta propia no se les aplican los mínimos exentos para hacerla que tienen los trabajadores por cuenta ajena de 22.000 euros si se tiene un solo pagador o 12.000 euros con más de uno. Cualquier persona que trabaje por cuenta propia y haya obtenido ingresos superiores a los 1000 euros por actividades económicas debe realizar las cuentas anuales con Hacienda.
Pero además, los autónomos no tienen la ayuda del borrador, aunque lo pueden solicitar, como todos los contribuyentes, el documento apenas les sirve como referencia. Los gastos de su actividad no constan en ningún registro fiscal, ni tampoco si son deducibles o no. Hacienda tiene información sobre los ingresos del autónomo, puesto que sus pagadores están obligados a informar de las cuantías de las facturas.
Por otra parte, hay que incluir todos los ingresos facturados en el año 2018 (pese a que las facturas no hayan sido cobradas).
Para los que cotizan en el régimen de estimación directa, cada año tienen el reto de incluir sus gastos deducibles en las casillas adecuadas, lo que supone un reto. Estos son algunos:
• Consumos de explotación.
• Sueldos y salarios.
• Seguridad Social.
• Otros gastos de personal.
• Arrendamientos y cánones
• Reparaciones y conservación.
• Servicios de profesionales independientes, como la asesoría fiscal, abogados, auditores, etc.
• Otros servicios exteriores: I+D, las primas de seguros, publicidad, agua o telefonía y gastos de oficina y otros dependiendo de la actividad.
Más información en La Vanguardia.