Los autónomos cuentan con tres días desde el cese de la actividad para enviar la comunicación y darse de baja en la Seguridad Social.
Cuando el autónomo va a cesar su actividad o cerrar su negocio debe comunicarlo a la Seguridad Social para dejar de cotizar. Incluso aunque este cierre sea temporal, por ejemplo, por tratarse de una actividad con carácter estacional, como puede ser alguna relacionada con el turismo.
Sea como fuere, al autónomo le puede interesar darse de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), para lo que deberá comunicarlo, de forma obligatoria.
Según se informa en El Confidencial, el plazo habitual para presentar la baja será de tres días desde el cese de la actividad, y podrá hacerlo hasta en tres ocasiones por cada año natural. Siempre que se presente de la forma establecida y en el plazo correcto, la baja será efectiva desde el mismo día en que cesa dicha actividad.
Si no solicita la baja a tiempo o comete errores con los documentos, la baja pasará a efectuarse desde el primer día del mes siguiente a dicho cese. Durante ese tiempo el profesional autónomo seguirá cotizando igual que cuando estaba activo y deberá pagar su cuota.
La comunicación de cese debe hacerse a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o a la Administración correspondiente. Para ello serán necesario el modelo TA0521, el documento identificativo del titular de la empresa y el documento justificativo del cese de actividad mediante el modelo 036 o el 037 de la Agencia Tributaria.
Trámites online
La baja en la Seguridad Social se puede presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Administración o el Sistema RED. En el caso del RED será necesario un certificado digital y se podrá hacer una autorización en nombre propio o autorizar a un tercero para que comunique el cese de actividad.
Más información en el diario El Confidencial.
4 comentarios
Quiero darme de baja de la seguridad social
Hola, muchas gracias por el valioso contenido!
Me queda una pregunta, si al darme de baja como autónomo y por ende del régimen de la Seg Social, puedo hacer mis aportaciones a la Seg Social de manera voluntaria. Mi pregunta va en relación a mi reciente emprendimiento con una empresa fuera de España (Estonia). Quiero dejar de pagar la cuota de autónomo, pero me gustaría saber si puedo hacer mis aportaciones de manera voluntaria.
Muchas gracias!
Me llamo Odeiza Almeida Nie XXXXXXXXXXD medio de pedir la baja de seguridad social ya que me di de alta y nunca tuve ninguna actividad y ya lo de hacienda floral ya me di de baja ahora me piden de seguridad social me mude de Santurtzi ahora estoy empadronada y viviendo en santucho calle Iparraquirre ,114 bajo derecho Bilbao santutxo viscaya me urge la baja para tranmiter documentacion !!!
Llevó más de 2 años sin estar activo, motivos por qué estaba privado de mi libertad, así que desde el pasado 5 de septiembre del 2018 no he podido darme de baja, cómo puedo hacer para solicitar la baja, teniendo los justificantes de ello.