Cuando el gasto que supone estudiar un máster está debidamente justificado, es posible la deducción.
Los trabajadores por cuenta propia no siempre tienen claro qué gastos son deducibles para un autónomo y cuáles no lo son. El límite entre las actividades personales y profesionales no siempre está tan claro para un colectivo que dedica a su trabajo prácticamente la totalidad de las horas que pasa despierto al día y a veces también en sueños. En este caso, la publicación de Cinco Días plantea si un autónomo puede deducirse el máster, una inversión a menudo muy costosa.
Según esta publicación, «en la medida en que el gasto derivado del máster sea deducible sobre el rendimiento neto de la actividad económica desarrollada por el autónomo», este podrá deducirse el importe del máster devengado en cada período impositivo «cuando determine su rendimiento neto de actividades económicas con arreglo al método de estimación directa en cualquiera de sus modalidades. Eso será siempre que no haya optado por el criterio de cobros y pagos para la imputación temporal de ingresos y gastos».
Para poder deducirse un gasto, este debe estar convenientemente justificado mediante el original de la factura, normal o simplificada, y tiene que constar en los libros de registro.
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