Un estudio elaborado por la Fundación de Estudios para la Economía Aplicada (Fedea) afirma que la normativa actual de cotización en el Régimen de Trabajadores Autónomos no es eficaz y confunde.
El informe de Fedea señala que la libertad para elegir las bases de cotización que tienen los autónomos en España provoca un grado de incertidumbre muy alto y exige disponer de mucha información y una capacidad de planificación a largo plazo que escapa a las habilidades reales del autónomo medio.
A diferencia de lo que sucede en la mayor parte de los países del entorno, los autónomos pueden elegir en España sus cotizaciones dentro de unos topes fijados anualmente por la Seguridad Social. Su elección determinará en el futuro su pensión, cuya cuantía se calculará según las bases de cotización correspondientes solo a los últimos años anteriores a la jubilación.
El sistema obliga a los autónomos a fijar su estrategia de cotización a una edad temprana, en la que es difícil hacerse una idea de lo que será el momento de la jubilación. «Fuerza, por tanto, a los autónomos a tomar decisiones complicadas en una situación de elevada incertidumbre sobre la evolución futura de sus ingresos», subraya el informe.
En las conclusiones del informe se dice que «es bien conocido que los autónomos pagan cuotas sociales más pequeñas que los asalariados, lo que genera quejas de un posible agravio comparativo. Afirmaciones de este tipo suelen interpretar las cotizaciones sociales como impuestos», cuando no es así, sino que la cotización debería ser la manera de organizar recursos suficientes para la vejez y no debe tener que ver con los impuestos.
En España la decisión de la base de cotización es elegible entre los límites marcados por los topes legales. Esto no ocurre en los países de la OCDE. Si tenemos esta libertad, es fácil cotizar por el mínimo cuando además no existe un incentivo del ahorro y se da un gran desconocimiento de numerosas variables individuales (ingresos, gastos futuros, pensiones, tipos de interés).
El sistema actual con decisión voluntaria plantea numerosos problemas, como que los individuos deben elegir bases elevadas a una edad muy temprana, antes de los 47 años. Luego se les impide cotizar por bases altas antes de los 20 años de su jubilación. Por otra parte, la extensión de la base reguladora de la pensión de 15 a 25 años ha adelantado la edad en que resulta óptimo empezar a cotizar por encima de la mínima.
El estudio afirma también que «no hay nada que premie el cotizar por encima de la base mínima en los años que no son tenidos en cuenta para calcular la pensión», y sin embargo, si una persona planea jubilarse a los 67 años, debería considerar bases elevadas ya a partir de los 42 años.