Los autónomos que trabajen en casa podrán deducirse la luz

AUTONOMOS DESGRAVAR LA LUZ
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Por primera vez en este año el trabajador por cuenta propia podrá deducir parte de los gastos de la luz y otros suministros si desarrolla la actividad laboral en su vivienda habitual, aunque deberá cumplir ciertos requisitos.

Los autónomos que trabajan en casa utilizan los mismos suministros para su vida doméstica que para su negocio. Hasta este año, la Agencia Tributaria no permitía la desgravación de la parte proporcional de esos suministros utilizados en el normal funcionamiento de la actividad. Esto era así porque no existía forma de determinar qué parte de la luz o del agua se empleaban en la actividad profesional y cuáles en la particular.

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha introducido varias modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con la finalidad de que los autónomos no sufran la injusticia de no poder desgravarse suministros necesarios para el ejercicio de su actividad. Así que este año los autónomos podrán deducirse estos gastos derivados del consumo energético si desarrolla la actividad en una parte de su vivienda habitual. La legislación establece que es deducible «el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior».

Pero para deducir los gastos de suministros, Hacienda establece una serie de requisitos:

  • Que el gasto esté vinculado a la actividad económica desarrollada por el autónomo.
  • Que el gasto esté justificado con las correspondientes facturas.
  • Que el gasto esté registrado dentro de la contabilidad en los correspondientes libros de gastos e inversiones.

Pero hay que tener en cuenta que, cuando el autónomo desarrolla su actividad en la vivienda habitual, es necesario antes determinar el porcentaje del gasto que se puede afectar a la actividad y el que no.

Esto se debe indicar correctamente en el Modelo Censal 036, tanto los datos de superficie de la vivienda como los que se utilizan para el ejercicio de la actividad. Si el piso es de alquiler, y el casero está dispuesto, se le pueden pedir dos facturas diferentes: una normal y otra con IVA, para poderla deducir.

Más información en la web de Autónomos y Emprendedores.

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