¿Para los autónomos es obligatorio tener un botiquín?

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Autónomos hay de muchos tipos, así que para algunos sí es obligatorio tener un botiquín siempre que contraten a un trabajador. Para los demás es muy recomendable.

Cuando un autónomo contrata a uno o varios empleados debe dar de alta el espacio donde van a desempeñar su trabajo y, en ese caso, es obligatorio tener un botiquín para cumplir con la ley sobre Prevención de Riesgos Laborales.

Otra opción es que los trabajadores practiquen el smart working, flexible work, remote work o digital work, que de todas estas formas se llama el trabajo remoto y flexible. Esta evolución del teletrabajo permite que la prestación de servicios se realice por el trabajador autónomo en el lugar que considere adecuado, con flexibilidad horaria y mediante el uso de dispositivos digitales. Es una fórmula laboral que beneficia a trabajadores que desean una mayor libertad para conciliar la vida laboral y personal y donde prima el rendimiento y los objetivos en vez de la presencia horaria en el centro de trabajo.

Normas de prevención de riesgos laborales para los smart workers

Para este caso no hay normas específicas de prevención de riesgos laborales. Aunque, según la guía de prevención de riesgos laborales para los smart workers de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, CEOE, pueden tomarse como referencia las normas de trabajo a distancia y de teletrabajo, el Acuerdo Marco Europeo de teletrabajo y el artículo 3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995.

Obligación general del empresario con respecto al botiquín

El Real Decreto 486/1997 es el que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En su artículo 10 señala que «los lugares de trabajo dispondrán del material y, en su caso, de los locales necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores accidentados».

La ley, en su artículo 3, dice que «el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo».

El texto sigue regulando los lugares de trabajo en cuanto a construcción, orden, limpieza, etc. y también con respecto a los primeros auxilios. Y aquí es cuando establece que «todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil cuyo material será revisado periódicamente».

El contenido de este botiquín se detalla así: «Desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables».

Este material de primeros auxilios tendrá que revisarse periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado, se dice en el texto de la ley.

Cuando el autónomo es un gran empresario

Por otra parte, los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores, además de que es obligatorio tener un botiquín, deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios, claramente señalizado, con un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. Este cuarto para cuidar la salud de los trabajadores debe estar próximo a los puestos de trabajo y ser de fácil acceso para las camillas.

También deberán disponer de un local para primeros auxilios los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores cuando así lo determine la autoridad laboral, que puede hacerlo en función de la peligrosidad de la actividad desarrollada o de lo difícil que sea el acceso al centro de asistencia médica más próximo.

En cualquier caso, el local de primeros auxilios deberá estar en consonancia con la actividad empresarial y los riesgos a los que puedan verse expuestos los trabajadores; ubicado en un lugar de fácil acceso para todo el mundo; con sus elementos de primeros auxilios dispuestos para usarse con rapidez y para moverse con facilidad hasta el lugar del accidente, si fuera el caso. Y tanto el material como el local de primeros auxilios deberán estar claramente señalizados.

Conviene saber que, de no cumplirse la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, la ley prevé sanciones que pueden ser leves, con multas desde 40 €, hasta muy graves, con multas que pueden alcanzar los 819.780 euros.

Materiales a cargo de la Seguridad Social

Es obligatorio tener un botiquín, pero cuando un autónomo tiene trabajadores a su cargo, los materiales se pueden solicitar conforme a los requisitos que establece el Real Decreto 486/1997 del 14 de abril, por el que se establece el suministro y reposición por utilización o caducidad de material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, con cargo al presupuesto de la Seguridad Social, en una gestión realizada por la entidad gestora o mutua que cubra las contingencias profesionales de los trabajadores al servicio de la empresa.

Si trabajas en solitario

En este caso también es necesario, aunque no obligatorio, contar con un botiquín a mano, con todo lo necesario para proteger al autónomo ante cualquier accidente que pueda sufrir durante el desempeño de su trabajo.

Verdaderamente, ningún autónomo está a salvo de sufrir un accidente que le cause una incapacidad transitoria o permanente, en cuyo caso la Seguridad Social le pagaría una cantidad que, con toda probabilidad, no le permitiría vivir, dado que sería un porcentaje de su base de cotización. ¿Sabes lo que cobra un autónomo estando de baja? Puedes calcularlo y, si no te llega, existen seguros de baja laboral para autónomos que nos permiten seguir adelante y continuar cuidando de nuestras familias pase lo que pase.

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