Desde el pasado enero, han cambiado la cuantía, los requisitos de acceso, las prestaciones… de la llamada tarifa plana de autónomos. Todo lo que hay que saber para beneficiarse de lo que Empleo llama la medida estrella de ayuda a los trabajadores autónomos.
¿Qué es la tarifa plana?
Para incentivar la creación de empleo por cuenta propia, los nuevos autónomos tienen derecho a pagar, durante cierto tiempo, una cuota reducida a la Seguridad Social. Esta cuota reducida se llama «tarifa plana».
¿Cuánto hay que pagar?
Las cuotas de autónomos son mensuales. Así que, según la base de cotización elegida, el trabajador pagará a la Seguridad Social:
- 60 euros por mes, si opta por la base mínima de cotización.
- Una reducción del 80 % en la cuota, si opta por una base de cotización superior a la mínima.
La tarifa plana de autónomos se ha incrementado en 10 euros desde el 1 de enero con el argumento de que ahora cubre las contingencias profesionales —que se han vuelto de cobertura obligatoria— además de las comunes. La cuantía de 60 euros se reparte en 51, 50 euros para contingencias comunes y 8, 50 euros para las profesionales.
A pesar de este incremento, la reducción es significativa si la comparamos con la cuota mínima de autónomos, que este año ascendió a 283,3 euros. También puede ser conveniente plantearse aprovechar la reducción del 80 % y optar por una base de cotización superior a la mínima.
¿Qué son los tramos de la tarifa plana?
Hay 4 tramos y se refieren a los diferentes montos que hay que pagar según el tiempo transcurrido desde el alta como autónomos. La duración total de esta bonificación es de 24 meses y su cuantía se reparte en:
- Los primeros 12 meses, tal como indica el apartado anterior. Los trabajadores que opten por la cotización mínima tendrán un gasto anual de 720 euros en Seguridad Social.
- Los siguientes 6 meses (hasta los 18 meses desde el alta), una reducción del 50 % de la cuota independientemente de la base de cotización elegida. Los que opten por la cotización mínima pagarán 141, 65 euros por mes.
- Los siguientes 3 meses (desde el mes 18 hasta el mes 21), una reducción equivalente al 30 % de la cuota. Los que pagan la mínima pagarán 198,31 euros mensuales.
- Los siguientes 3 meses (desde el mes 21 hasta el mes 24), igual que el trimestre anterior, tendrán una bonificación del 30 % de la cuota.
Existe un quinto tramo para trabajadores menores de 30 años, si son hombres, o de 35 años, en el caso de las mujeres, que se extiende desde el mes 25 —siempre contando desde el alta— hasta el mes 36, durante el cual la cuota de autónomos también recibe una bonificación del 30 %, por lo que sigue quedando en 198,31 euros. Para estos trabajadores jóvenes la tarifa plana de autónomos tiene una vigencia de 3 años.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la tarifa plana?
Como el objeto de esta ayuda es fomentar la creación de empleo por cuenta propia, sus beneficiarios son las personas que cumplen alguno de los requisitos siguientes:
- Que se den de alta por primera vez en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).
- Que se den alta nuevamente, después de haber estado los dos años inmediatamente anteriores fuera del RETA. Con una salvedad, no haberse beneficiado de la tarifa plana durante el período que estuvieron de alta. El autónomo que ya se haya beneficiado de esta ayuda deberá esperar a estar 3 años fuera del RETA para tener acceso a esta tarifa.
- Que se den de alta antes de que hayan pasado dos años del cese de actividad por maternidad (adopción, guarda con fines de adopción, acogida o tutela). Tiene que haber una interrupción de la actividad económica (darse de baja en el RETA) para tener derecho a la tarifa plana. Si no se interrumpe la actividad, se disfruta de la bonificación en la cuota durante la prestación por maternidad, pero no habrá tarifa plana al reincorporarse.
¿Qué tipos de autónomos quedan excluidos de la tarifa plana?
Los autónomos societarios no pueden acogerse a esta tarifa y la cuota que les corresponde es más alta, ya que la base de cotización que los rige es más elevada. Son uno de los colectivos que menos ayuda recibe y aunque lo de «societario» puede sonar a adinerado, la inmensa mayoría de sus integrantes son trabajadores que, por la naturaleza de su actividad, tuvieron que crear pymes, como una tienda, un bar, un estudio de sonido… y las obligaciones impositivas pesan en los beneficios económicos que obtienen.
También se excluyen los autónomos colaboradores —contratados por un familiar— y los que trabajan, además, por cuenta ajena, llamados «pluriactivos». Estos dos tipos de autónomos ya tienen sus propias ayudas y no pueden superponerse a la tarifa plana.
¿Qué cobertura proporciona la tarifa plana?
La misma que da la cuota común. Pero una de las novedades de este año es que se ha ampliado esta cobertura y ahora quedan cubiertas las contingencias comunes (bajas por enfermedad, accidente no laboral, situación de maternidad o paternidad… ) y las profesionales (enfermedades o accidentes vinculados a la actividad). Pero no incluye el cese de actividad y la contingencia por formación (en general, cursos y asesoramientos orientados a mejorar la actividad económica).
Según el Real Decreto-ley del 28 de diciembre de 2018, la Seguridad Social deberá brindar a los trabajadores autónomos las siguientes coberturas:
- Asistencia sanitaria en caso de cualquier enfermedad, cualquier accidente o situación de maternidad.
- Prestación económica cuando haya incapacidad temporal o permanente para realizar la actividad, situación de maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia, cuidado de niños con enfermedades graves o hijos a cargo.
¿Cuánto ahorramos con la tarifa plana de autónomos?
Aunque la tarifa plana solo dura un tiempo y está lejos de ser solución a los muchos problemas de los autónomos, representa un ahorro significativo, como se ve al hacer las cuentas.
Supongamos un trabajador que cotiza por la base mínima, tal como hacen el 80 % de los autónomos:
- El primer año paga 60 euros mensuales en lugar de los 283,3 euros de la cuota correspondiente. Lo que implica un ahorro mensual de 223 euros y uno anual de 2.680 euros.
- El segundo semestre, con la reducción del 50 % de la cuota, significa un ahorro de 142 euros al mes, 850 euros aproximadamente en total.
- El último período de tarifa plana, que consta de dos trimestres, la cuota se bonifica en un 30 %, por lo que se paga 198 euros al mes con el consiguiente ahorro de unos 510 euros en esta etapa.
Sumando los montos ahorrados en cada tramo de la tarifa plana, vemos que el total de esta ayuda es de aproximadamente 4.000 euros.
Para aprovecharla, hay que tener en cuenta que se solicita simultáneamente con el alta de autónomos, como lo explica nuestro artículo sobre los trámites para ser autónomo.