La desprotección del autónomo: ¿cuánto cobra de la Seguridad Social?

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¿Cuánto cobra un autónomo mientras está de baja? ¿Y si tiene que pedir la incapacidad permanente? ¿Cuánto recibirá de pensión cuando se jubile? La protección de la Seguridad Social a los trabajadores por cuenta propia es muy escasa y obliga a muchos a buscar soluciones adicionales.

Todos los autónomos deben cotizar a la Seguridad Social. Igual que los trabajadores por cuenta propia, tienen que pagar todos los meses parte de sus ingresos para conseguir la protección de la Seguridad Social. En concreto, los autónomos aportan el 30,3 % de su base de cotización. Es decir, si deciden cotizar por la base mínima (944,4 euros), tendrán que pagar una cuota de 286 euros mensuales. Si cotizan por la base máxima (4.070,1 euros), la cuota será de 1233 euros al mes.

Ese 30,3 % va destinado a cotizar para que, en caso de jubilarse o coger una baja, el autónomo tenga una prestación pública. Sin embargo, la cantidad que recibe es muy distinta de la que aporta a lo largo de su vida laboral. A continuación, te explicamos cuánto cobra un autónomo de la Seguridad Social y por qué casi nunca es suficiente.

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

En primer lugar, hay que explicar que no se cobra lo mismo si la baja es laboral o no. En otras palabras: si el empresario coge una baja por un accidente o enfermedad relacionado con el trabajo, recibirá cierto dinero. En cambio, si es por un motivo ajeno al trabajo, cobrará menos.

En segundo lugar, todo depende de la base de cotización. Un autónomo puede decidir por cuánto cotizar y cambiar la base hasta cuatro veces al año.

En caso de enfermedad común o accidente no laboral

Se cobra el 60 % de la base de cotización desde el cuarto día y hasta el día 20 de la baja. Si son necesarios más días, recibirás el 75 % a partir del día 21. Pongamos un ejemplo:

Una empresaria debe estar de baja 20 días por una lesión en su tiempo libre. Recibirá el 60 % del día 4 al día 20. Puesto que cotiza por la base mínima (944,4 euros), solo recibirá unos 415 euros por tres semanas sin trabajar.

En caso de enfermedad o accidente laboral

Se cobra el 75 % a partir del día siguiente de la baja. Pongamos otro ejemplo:

La dueña de un negocio ha sufrido un accidente mientras iba a una reunión y estará 15 días en casa. Recibirá el 75 % del día 2 al día 15 de la baja. Puesto que cotiza por la base mínima, solo recibirá unos 330 euros por 2 semanas sin poder trabajar.

¿Cuánto cobra un autónomo al jubilarse?

De media, un autónomo cobra al jubilarse 780,95 euros mensuales, según los últimos datos de la Seguridad Social. Esa cifra es un 40 % inferior a la pensión media que cobran los asalariados, que asciende a 1315 euros al mes.

¿Por qué la pensión es tan baja?

El motivo principal es la base de cotización. Según datos del Ministerio de Trabajo, el 85,5 % de los autónomos cotizan por la base mínima. Con el paso de los años, eso significa que han cotizado menos y, por ende, tendrán una pensión más pequeña.

El cálculo de la pensión es bastante complejo. Se tienen en cuenta los últimos 24 años de cotización. Para calcularla en 2021, hay que sumar la base de cotización de los últimos 288 meses al momento previo a la jubilación y dividirlo por 366. Por tanto, lo más recomendable es ampliar la base de cotización en esos últimos 24 años de trabajo.

No obstante, no es tan fácil asumir una cuota más elevada. Los ingresos de estos trabajadores no suelen ser fijos y resulta difícil calcular cuánto podrá pagarse en los meses futuros. Si, por ejemplo, enferma durante un tiempo o hay un imprevisto (la pandemia, una tormenta que obligue a cerrar varios días…), será imposible asumir esa cuota más alta. Pero si la cuota no sube, la pensión será muy pequeña.

¿Cuánto cobra un autónomo si necesita pedir la incapacidad?

Una baja médica o incapacidad temporal puede durar, como máximo, 545 días. Pero, a veces, no es tiempo suficiente para recuperarse. ¿Qué ocurre entonces? ¿Cuánto cobra un autónomo cuando se acaba la incapacidad temporal?

Una vez trascurridos los 545 días, un tribunal médico debe determinar la situación del trabajador: si le da el alta, si el problema no le permite seguir con su negocio… El tribunal puede establecer uno de estos cuatro grados de incapacidad:

1. Incapacidad permanente parcial

La enfermedad reduce el rendimiento de una persona en un 33 %, pero no le impide trabajar totalmente. En este caso, se reciben 24 mensualidades de la base reguladora por contingencias profesionales. Pero, muy importante: solo se tiene derecho al dinero si la enfermedad o el accidente son laborales.

2. Incapacidad permanente total

El autónomo ya no puede seguir con su actividad, pero sí podría trabajar en otra cosa. En este caso, recibirá una pensión vitalicia del 55 % de la base reguladora. En ciertos casos, se puede incrementar esa renta en otro 20 %.

3. Incapacidad permanente absoluta

El trabajador ya no puede ejercer su oficio ni ningún otro. Recibirá una pensión vitalicia por el 100 % de la base reguladora.

4. Gran invalidez

Se determina cuando el trabajador necesita incluso la asistencia de otra persona para su vida diaria. En estos casos, recibirá la pensión vitalicia del 100 % y un extra para ayudar con los gastos de la dependencia.

La necesidad de contratar protección adicional

Siempre se dice que los autónomos no se ponen enfermos nunca. No es de extrañar: tienen que asumir todos sus gastos (alquiler, salarios…) y apenas reciben dinero durante la baja.  En esas circunstancias, muchos siguen trabajando incluso aunque se encuentren mal.

Pero hay algunos casos en los que seguir trabajando no es una opción. ¿Y si se sufre una incapacidad? ¿Y si esta es por culpa de una enfermedad común y evita que la Seguridad Social se haga cargo? El autónomo puede quedarse totalmente desprotegido y, sin embargo, seguir cargando con los costes de su negocio y tener que mantener a sus empleados.

Debido a esto, se hace necesario para muchos autónomos contratar protección adicional, como un seguro de baja laboral o un seguro de vida e invalidez.  ¿Qué son exactamente estos productos?

Seguro de baja laboral

Ya hemos visto cuánto cobra un autónomo cuando está de baja. En la mayoría de los casos, se trata de una cantidad muy pequeña que no es suficiente para seguir adelante con un negocio. Para estos casos, existen los seguros de baja laboral.

Se trata de un producto que ofrece una prestación económica diaria durante la baja. Gracias a esta cantidad, que se suma a la prestación de la Seguridad Social, el autónomo dispondrá de un dinero más acorde con sus necesidades hasta que pueda volver al trabajo. Pongamos un ejemplo:

Un empresario necesita unos 1500 euros mensuales para seguir con su actividad. Sin embargo, solo recibe 500 euros si cae enfermo. Puede contratar un seguro de baja laboral que le aporte los 1000 euros restantes, para mantener su negocio hasta que se recupere.

Este tipo de seguros cubren cualquier enfermedad o accidente, por lo que aportan una gran tranquilidad a un trabajador por cuenta propia.

Seguro de vida e invalidez

Permiten que, en caso de fallecimiento, los herederos reciban una cantidad de dinero determinada. Es un producto especialmente interesante para quienes tengan personas a su cargo o deudas pendientes (una hipoteca, un préstamo para un negocio…). Si algo le ocurre al asegurado y fallece, se pagará el dinero acordado en el contrato para ayudar a sus herederos con los gastos.

A estas pólizas se les puede añadir una cobertura extra: la invalidez. Como ya hemos visto, un autónomo no siempre está protegido en caso de incapacidad o invalidez. Si tuviera que solicitar la invalidez, se le pagaría la cantidad acordada para que pudiera afrontar los gastos.

Combinar seguro de baja y uno de vida e invalidez

Lo más recomendable para la tranquilidad de un autónomo es disponer de un seguro de baja y de otro de vida e invalidez. En nuestro comparador, puedes ver rápidamente cuánto te costaría disponer de esta protección adicional. Solo tienes que insertar tu base de cotización, tu edad y cuánto dinero necesitarías mes a mes. Con esos datos, el comparador te muestra el mejor precio para estar protegido en caso de baja, fallecimiento o invalidez de cualquier tipo.

Pongamos un ejemplo:

Una empresaria de 30 años cotiza por la base mínima y necesita ingresar unos 1000 euros al mes. Según los datos del comparador, la Seguridad Social solo le pagaría 530 euros durante una baja. Por 148 euros al año, el seguro le pagará los 470 euros restantes que necesita si tiene que coger una baja.

Igualmente, por esos 148 euros al año, consigue también un seguro de vida e invalidez de 60.000 euros. Si esta mujer ganaba unos 1000 euros al mes, podrá mantenerse 5 años en caso de tener que pedir la invalidez.

¿Es suficiente la protección pública?

Si te preguntabas cuánto cobra un autónomo de la Seguridad Social, ya hemos visto la respuesta. En la mayoría de los casos, ese dinero no es suficiente para mantener su actividad. Por eso, la protección adicional de un seguro de baja laboral y uno de vida e invalidez es indispensable para tener tranquilidad económica como autónomo. Usa nuestro comparador y verás que, por muy poco dinero, puedes complementar la prestación pública y estar tranquilo por ti, por tu negocio y por tus empleados.

¿Quieres saber más sobre el pack de protección del autónomo? Contacta con nosotros y te informaremos sin compromiso.

 

 

 

 

 

 

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